miércoles, 22 de octubre de 2014

división de poderes juan alberto valadez moreno


La división de poderes, Montesino y otros
La formulación mas extendida de la teoría de la división o separación de poderes corresponde a la realizada por Montesino.
De acuerdo con la filosofía de Montesino, en todo Estado es posible encontrar tres clases de poderes: "[...] El poder legislativo, el poder ejecutivo de los asuntos que dependen del derecho de gentes y el poder ejecutivo de los que dependen del derecho civil"2, a este ultimo también lo denomina judicial. Mediante el poder legislativo, el príncipe o el magistrado promulga leyes transitorias o definitivas y enmienda o deroga las leyes existentes. En el caso del poder ejecutivo, este dispone de la guerra o la paz, se ocupa de las relaciones exteriores y de establecer la seguridad publica. El poder judicial castiga los delitos o juzga las diferencias entre particulares.
Estos distintos poderes, dentro de este esquema, pueden ser ejercidos por la misma persona o cuerpo o no. En el caso de darse la primera posibilidad, no hay libertad. Para que la libertad impregne el proceso político es necesario un gobierno tal, que ningún ciudadano pueda temer a otro. Y para ello deben atribuirse los distintos poderes a distintos órganos.
"Todo estaría perdido si el mismo hombre, el mismo cuerpo de personas principales, los hombres o el pueblo, ejerciera los tres poderes: el de hacer las leyes, el de ejecutar las resoluciones públicas y el de juzgar los delitos o las diferencias entre los particulares" 3.
Para Loche, la división de poderes es un sistema contra la opresión del poder tiránico, pero asimismo la división entre los poderes legislativo y ejecutivo se basa fundamentalmente en la necesidad de aplicación permanente de normas generales. La nota claramente distintiva de ese enfoque es la supremacía que Loche otorga al poder legislativo, al cual el poder ejecutivo, que se deposita en una persona que no es parte de la legislatura, le está claramente subordinado.4
Loche y Montesino no han sido los únicos exponentes de la doctrina de la división o separación de poderes, aunque quizás los que mayor influencia han ejercido.
También los autores de "el Federalismo", particularmente Nomadismo, retomaron esta teoría sobre todo a través de la influencia de Montesino. Para ellos, el concepto de división de poderes emana naturalmente de las características del Estado de Derecho. Por un lado, si la norma esta por encima de los gobernantes, la interpretación de esa ley y su aplicación no podían estar en manos de los mismos hombres cuyos actos deben ser controlados por esa ley superior. Pero esta separación no fue suficiente, se considera asimismo necesario separar el legislativo del ejecutivo, como una forma de evitar una excesiva concentración del poder. James Nomadismo aplicaba esta posición en los siguientes términos: "la acumulación de todos los poderes, legislativos, ejecutivos y judiciales en la misma mano, sean estos de uno, de muchos, hereditarios, auto nombrados o electivos, puede decirse con exactitud que constituyen la definición misma de la tiranía".5
Más adelante en el mismo ensayo, Nomadismo advierte que la separación de poderes no significa que: "[...] las distintas ramas del gobierno no debieran tener un órgano propio, o control, sobre los actos de los otros dos. La idea (se refiere a Montesino) no significa más que esto: que donde todo el poder de una rama esta en manos de los mismos que poseen todo el poder de otra rama se infringen los principios fundamentales de una constitución libre" 6.
Cuando Montesino habló de separación de poderes se debe entender literalmente que a cada órgano distinto habrá de atribuirle un poder también distinto, con las respectivas funciones a su cargo. Cada poder, con su respectiva función, debía ser ejercido por cada órgano. Al analizar el sistema inglés Montesino va mas allá de Loche al afirmar que la separación de poderes es una condición necesaria para la libertad: "cuando el poder legislativo esta unido al poder ejecutivo en la misma persona o en el mismo cuerpo, no hay libertad".Tampoco hay libertad "[...] si el poder judicial no está separado del legislativo, ni del ejecutivo si va unido al poder legislativo, el poder sobre la vida y la libertad de los ciudadanos sería arbitrario, pues el juez sería al mismo tiempo legislador. Si va unido al poder ejecutivo, el juez podría tener la fuerza de un opresor". Finalmente asoma la conclusión: "[...] El poder, frena al poder". 7
La separación de poderes consiste en el hecho de que cada una de las ramas del gobierno -ejecutivo, legislativo y judicial- tiene poderes claramente definidos. Estos poderes recaen en diferentes personas y una persona no puede desempeñar simultáneamente dos funciones.
Toda intromisión de una rama del gobierno en otra es importante, porque, de acuerdo con la teoría de Montesino, "el propósito de la separación de poderes es la preservación de la libertad".



en fin les dejo un videodata:image/jpeg;

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